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INGRESOS POR ALQUILERES DE INMUEBLES DE NO RESIDENTES

INGRESOS POR ALQUILERES DE INMUEBLES DE NO RESIDENTES

Los no residentes propietarios de inmuebles en España que los destinan a alquileres, tanto de corta como larga estancia, están obligados a presentar una declaración trimestral por las rentas obtenidas. Hasta ahora la obligación era presentar un modelo 210 por inmueble e inquilino. Así por ejemplo, si el inmueble se destinaba a alquiler turístico y un trimestre había habido 15 inquilinos diferentes, se deberían haber presentado 15 modelos 210.

A partir de la orden de 21 de diciembre HFP/1271/2017 del Ministerio de Hacienda el sistema de declaraciones ha cambiado. Los ingresos por alquiler se presentarán en un único modelo 210 por todo el trimestre, especificando el tipo de renta 35, independientemente del número de inquilinos.

Por los días que el inmueble haya estado a disposición de su/s propietario/s, habrá que presentar un modelo 210 anual de renta imputada, por propietario. Por lo que los propietarios que disfruten de su inmueble y lo alquilen durante un mismo año, deberán presentar las declaraciones trimestrales por los alquileres y la anual por el tiempo de disfrute propio.

Si los no residentes propietarios de los inmuebles, son ciudadanos residentes en la UE, podrán deducir de los ingresos los gastos relacionados con el alquiler y el rendimiento tributará al 19%. Por el contrario, si son no residentes, residentes en un tercer estado, no podrán deducirse gastos del alquiler y el tipo impositivo es en este caso del 24%.

Dado que es bastante complejo estar al día con las declaraciones por alquileres de no residentes, ofrecemos nuestro servicio de asesoría fiscal para realizar esta labor.

Si está interesado, puede contactar conmigo en nicole@mollmertens.com